I. Aplicación de las Condiciones y celebración del Contrato
§ 1. Ámbito de aplicación
1. Estas Condiciones Generales de Prestación de Servicios («Condiciones») regulan los servicios jurídicos y de asesoramiento fiscal prestados por TAX LEGAL PARTNER J. WŁOCH, P. SZOT spółka jawna («Despacho») a quienes hayan celebrado un Contrato con el Despacho.
2. La parte del Contrato se denomina «Cliente». «Cliente Empresarial» es un Cliente que no sea Consumidor. «Consumidor» es una persona física que celebra el Contrato con un fin no relacionado directamente con su actividad empresarial o profesional. «Empresario Protegido» es una persona física a la que la ley extiende determinados derechos de los consumidores respecto de un Contrato concreto, en particular conforme al artículo 385⁵ del Código Civil polaco o al artículo 7aa de la Ley polaca de Derechos del Consumidor.
3. Las Condiciones se aplican a todos los Clientes. El capítulo IX se aplica a Consumidores y Empresarios Protegidos en los términos allí establecidos. En caso de contradicción, prevalece sobre el resto de las Condiciones.
4. Las Condiciones forman parte del Contrato si se entregan al Cliente antes de su celebración o se facilitan electrónicamente de manera que puedan guardarse y reproducirse.
5. La condición del Cliente se determina según la finalidad, objeto y circunstancias reales del Contrato. El Cliente facilitará la información necesaria para determinarla. La ausencia o inexactitud de una declaración no le priva de la protección de las normas imperativas.
6. Las descripciones de los Servicios, la información de la web y los presupuestos no vinculantes no constituyen una oferta, salvo que el Despacho califique expresamente el documento como tal.
§ 2. Documentos contractuales y orden de prioridad
1. El Contrato comprende las estipulaciones individualmente acordadas, la oferta o confirmación de aceptación del Encargo y las Condiciones.
2. En caso de contradicción prevalecen las estipulaciones individualmente acordadas, seguidas de la oferta o confirmación de aceptación del Encargo y, después, las Condiciones.
3. Los modelos contractuales, reglamentos, condiciones generales de compra y demás condiciones unilaterales del Cliente no vinculan al Despacho, salvo aceptación expresa en forma documental. Las Partes excluyen los artículos 68² y 385⁴ del Código Civil polaco.
4. Modificar el alcance de los Servicios, los honorarios o la responsabilidad requiere acuerdo al menos en forma documental, salvo que el Contrato exija una forma más rigurosa.
§ 3. Celebración del Contrato y aceptación del Encargo
1. El Despacho queda vinculado tras aceptar expresamente el Encargo en una oferta, contrato o correo electrónico, o al comenzar los trabajos una vez acordados su alcance y los honorarios.
2. El Despacho puede condicionar la aceptación o inicio a comprobar conflictos de intereses, identificar al Cliente y al titular real, cumplir las obligaciones de prevención del blanqueo y sanciones y recibir el poder, anticipo o documentación necesarios.
3. Solo es parte del Contrato quien figure como Cliente. Sus socios, miembros de órganos, empleados, entidades vinculadas y otras personas del grupo no pasan a ser clientes ni adquieren derecho a usar los Servicios, salvo mención expresa en el Contrato.
4. El Cliente identificará a las personas autorizadas para dar instrucciones, cambiar el Encargo, aprobar costes y recibir resultados. Hasta entonces, el Despacho podrá confiar en las instrucciones de quienes, según los datos del Cliente o la colaboración previa, estén autorizados para actuar en su nombre.
II. Alcance y prestación de los Servicios
§ 4. Alcance del Encargo
1. El Despacho realiza únicamente las actuaciones expresamente incluidas en el Encargo aceptado. No asume responsabilidad por la totalidad de los asuntos jurídicos, fiscales, contables o empresariales del Cliente.
2. Encargar un análisis, dictamen o recomendación no incluye aplicar sus conclusiones. Preparar documentos, negociar, representar, presentar solicitudes, seguir procedimientos, llevar libros, elaborar liquidaciones o realizar actuaciones adicionales requiere su inclusión expresa en el Encargo.
3. El Despacho puede dividir un proyecto en etapas. El inicio de otra etapa requiere acordar alcance, honorarios y plazo, si no se han establecido previamente.
4. El asesoramiento continuado comprende solo las actividades, límites y reglas de encargo del Contrato. No supone supervisión permanente de la actividad, plazos, liquidaciones, contratos o correspondencia del Cliente.
5. Salvo pacto distinto, los Servicios no incluyen asesoramiento en derecho extranjero, auditoría contable, valoración, análisis técnicos, constructivos, ambientales o informáticos, ni decisiones empresariales por el Cliente.
6. Los trabajos fuera del alcance aceptado constituyen otro Encargo o se facturan a la tarifa prevista para trabajos adicionales, tras su aceptación por el Despacho.
§ 5. Equipo y otros asesores
1. El Despacho determina el equipo y la organización atendiendo a la naturaleza del Encargo, habilitaciones necesarias, disponibilidad y eficiencia de costes.
2. Puede prestar los Servicios mediante socios, empleados, colaboradores, profesionales en prácticas y otras personas cualificadas, respetando la ley, el secreto profesional y las normas de ejercicio.
3. Si se necesita la opinión de un asesor extranjero, perito, tasador, notario, auditor u otro especialista, el Despacho puede acordar su participación con el Cliente. Si este contrata directamente con el especialista, este responde por sus actuaciones. El Despacho responde por seleccionarlo o coordinarlo solo cuando y en la medida en que esas tareas estén expresamente encargadas.
4. El Contrato se celebra con el Despacho, no con un miembro de su equipo. Sin perjuicio de las normas imperativas, el Cliente dirigirá las reclamaciones relativas a los Servicios exclusivamente contra el Despacho.
§ 6. Estándar de prestación
1. El Despacho actúa con la diligencia exigida en la prestación profesional de asistencia jurídica y fiscal. Sus obligaciones son de diligencia, no de obtener un resultado determinado.
2. Su posición se basa en los hechos presentados por el Cliente y en las normas, posiciones y prácticas públicas de las autoridades, interpretaciones y jurisprudencia conocidas al entregar el resultado.
3. El Despacho no garantiza que una autoridad, tribunal, contraparte, banco, auditor u otra entidad decida de conformidad con la posición presentada al Cliente.
4. Una manifestación oral, comunicación de trabajo, borrador o comentario durante el trabajo no constituye una posición definitiva cuando su carácter provisional resulte del contenido o las circunstancias.
5. Tras finalizar el Encargo, no existe obligación de actualizar dictámenes, documentos o recomendaciones por cambios posteriores de ley, práctica, jurisprudencia o hechos, salvo acuerdo expreso de actualización o seguimiento continuo.
III. Colaboración del Cliente y plazos
§ 7. Información y documentos
1. El Cliente facilitará por iniciativa propia, puntualmente y de forma ordenada, toda información y documentación potencialmente relevante, aunque no se haya solicitado expresamente.
2. Responde de su veracidad, integridad, actualidad y legibilidad y de la coherencia de las declaraciones de quienes actúen por su parte.
3. El Despacho puede confiar en la información y documentos sin investigar separadamente autenticidad, veracidad o integridad, salvo que esa comprobación forme parte del Encargo o una contradicción detectada requiera aclaración conforme a la diligencia debida.
4. El Cliente comunicará sin demora cambios de hechos, planes, plazos, estructura, documentos o correspondencia con autoridades, tribunales y contrapartes que puedan afectar a los Servicios o a una posición anterior del Despacho.
5. El Cliente garantiza su derecho a proporcionar documentos, datos personales, secretos empresariales y otra información, y la licitud de su utilización para el Encargo.
§ 8. Solicitudes del Despacho y falta de colaboración
1. El Despacho puede identificar información o documentos faltantes y fijar plazo de entrega. Vencido sin resultado, no está obligado a reiterar la misma solicitud.
2. No le corresponde controlar el flujo interno de información, determinar si todas las personas del Cliente revelaron lo que sabían ni reconstruir por sí mismo documentación en poder del Cliente.
3. La falta de colaboración amplía el plazo al menos por el retraso del Cliente y el tiempo necesario para reincorporar el asunto al calendario de trabajo. El Despacho también puede basarse en supuestos expresamente indicados, limitar su posición, rechazar actuaciones contrarias a la ley o las normas profesionales o resolver el Contrato por causa justificada.
4. El Cliente soporta las consecuencias de no informar, hacerlo tarde o proporcionar información falsa, en cuanto ello afecte a los Servicios, plazos, liquidaciones o sus decisiones.
§ 9. Plazos y tareas que corresponden al Cliente
1. El plazo comienza al recibir el Despacho toda la información, documentos, poderes, accesos y fondos necesarios, además del anticipo exigido.
2. Pedir una actuación en un plazo no significa que el Despacho lo acepte. Solo le vincula tras confirmación expresa.
3. El Cliente sigue siendo responsable de sus obligaciones públicas, decisiones empresariales, pagos y plazos, salvo que el Despacho acepte expresamente la obligación y reciba con antelación suficiente todo lo necesario.
4. No existe obligación de recordar o controlar plazos salvo inclusión expresa en el Encargo.
5. Si una actuación requiere aprobar un borrador, datos o modo de actuar, el plazo se amplía por la espera y por la reincorporación al calendario de trabajo. Antes de firmar o presentar un documento, el Cliente comprobará los datos fácticos que conozca.
IV. Uso de los resultados de los Servicios
§ 10. Finalidad y destinatarios
1. El resultado se prepara exclusivamente para el Cliente, para el fin y sobre los supuestos del Encargo. Otro uso requiere consentimiento previo del Despacho.
2. Ningún tercero, incluidas entidades vinculadas, puede confiar en el resultado ni reclamar al Despacho basándose en él, salvo concesión expresa de ese derecho.
3. El Cliente puede entregar el resultado a auditores, bancos, inversores, autoridades u otros asesores solo en lo necesario para el Encargo y sin crear relación contractual entre Despacho y destinatario.
4. Si lo facilita a terceros infringiendo el Contrato, permite su uso fuera del fin del Encargo o lo entrega modificado sin intervención del Despacho, asumirá la responsabilidad del Despacho y su equipo frente a esa persona conforme al artículo 392 del Código Civil polaco y reembolsará los costes razonables de defensa. Esto no se aplica al daño causado intencionadamente por el Despacho.
5. El resultado debe valorarse íntegramente. El Despacho no responde por usar extractos, borradores, traducciones no aprobadas o documentos modificados después de la entrega.
§ 11. Derechos sobre resultados y Materiales del Despacho
1. Una vez pagados íntegramente los honorarios del Encargo, si el resultado es una obra protegida y el Despacho puede disponer de sus derechos, concede al Cliente licencia no exclusiva, sin límite territorial, durante la vigencia de los derechos patrimoniales de autor, solo para la finalidad y alcance del Contrato, § 10 y este apartado. No puede cederse ni sublicenciarse sin consentimiento previo, salvo su entrega a personas que actúen para el Cliente en lo necesario para aplicarlo o utilizarlo.
2. Si el resultado es un documento destinado por naturaleza o por el Contrato a su aplicación, uso, reproducción o publicación, especialmente contrato, reglamento, procedimiento, política, acuerdo, formulario o modelo, la licencia comprende: a) fijación y reproducción total o parcial mediante impresión, reprografía, medios digitales u otros adecuados; b) incorporación a memoria informática, sistemas y bases de datos, almacenamiento, visualización y disponibilidad interna; c) implantación, cumplimentación y uso en la actividad del Cliente; d) entrega a empleados, colaboradores, contrapartes, asesores, auditores, bancos, autoridades, tribunales y otros cuando sea necesaria para su finalidad; e) acceso público, incluida la web del Cliente, si lo exige su destino o se acordó en el Encargo.
3. En lo necesario para implantar y utilizar correctamente el documento del apartado 2, el Despacho permite modificaciones, adiciones, actualizaciones y otras adaptaciones y su uso en las modalidades allí enumeradas. No permite usarlo, ni sus adaptaciones, como producto independiente para vender, licenciar u ofrecer a otros.
4. Para dictámenes jurídicos o fiscales, análisis, memorandos, informes, recomendaciones u otros materiales de un asunto, operación o fin específico, la licencia abarca fijación, reproducción, almacenamiento y entrega dentro de la organización y a destinatarios permitidos por § 10. Sin consentimiento previo, no pueden publicarse, difundirse o facilitarse gratuita u onerosamente para que terceros confíen en ellos, ni utilizarse como posición del Despacho sobre otros hechos, operaciones o proyectos.
5. El Despacho conserva todos los derechos sobre métodos, conceptos, modelos, precedentes, bibliotecas de cláusulas, estructuras documentales, herramientas, soluciones técnicas, metodologías, saber hacer, conocimientos, experiencia y otros materiales preexistentes o desarrollados independientemente («Materiales del Despacho»). Utilizarlos o incluirlos en resultados no transfiere sus derechos al Cliente.
6. El Cliente solo puede usar los Materiales incorporados como parte del resultado y en lo necesario para su destino. No puede separarlos y usarlos independientemente, en particular venderlos, licenciarlos, comercializarlos o crear productos o modelos para terceros.
7. La licencia no transfiere derechos patrimoniales de autor sobre resultados o Materiales. Adquirirlos u obtener derechos más amplios requiere contrato separado en la forma legal, con modalidades de explotación, alcance y honorarios adicionales.
8. El Despacho puede aprovechar conocimientos, experiencia y soluciones generales desarrollados durante el Encargo sin revelar secretos profesionales, información confidencial ni datos identificativos del Cliente o su asunto.
V. Honorarios, gastos y pagos
§ 12. Honorarios
1. El Contrato fija los honorarios o su cálculo. Pueden ser por hora, a tanto alzado, por abono, por etapas o combinados.
2. Los honorarios fijos parten de los supuestos de la oferta. Cambios de supuestos, alcance, calendario o versiones documentales pueden justificar honorarios adicionales, acordados antes de los trabajos si las circunstancias lo permiten.
3. Una estimación no es un límite máximo. El Despacho informará si el trabajo previsto supera sustancialmente la estimación.
4. En un abono, el saldo de horas u otro límite de Servicios no utilizado vence al finalizar el período, salvo pacto expreso de aplicación posterior.
5. En contratos continuados, el Despacho puede modificar tarifas por causa importante, especialmente cambios de costes, obligaciones legales, escala de atención o especialización requerida. Avisará al menos 30 días antes y el Cliente podrá terminar antes de su entrada en vigor.
6. La remuneración por resultados solo puede ser complementaria y no la única por llevar un asunto, salvo norma imperativa en contrario.
§ 13. Tasas, gastos y anticipos
1. Los honorarios no incluyen IVA, tasas judiciales, fiscales, administrativas y registrales, costes notariales, periciales, traducción, mensajería, viajes, alojamiento, bases de datos de pago u otros gastos en interés del Cliente.
2. El Cliente reembolsará gastos justificados del Encargo. Si son previsiblemente importantes, el Despacho obtendrá aprobación o solicitará anticipo.
3. No existe obligación de adelantar gastos con fondos propios. La falta de fondos a tiempo permite omitir actuaciones que requieran pago, cuyas consecuencias soporta el Cliente.
4. Puede solicitarse anticipo de honorarios o gastos antes del Encargo, una etapa o una actuación de trabajo considerable.
§ 14. Facturas y plazo de pago
1. Las facturas se emiten en los períodos o tras las etapas pactadas y se entregan por KSeF u otro medio legal.
2. El plazo es de 7 días desde emisión, salvo pacto distinto. Se considera pagado cuando se abona la cuenta del Despacho.
3. El Cliente formulará objeciones concretas a factura o relación de horas en 7 días desde recepción. Ello no suspende el pago de la parte no discutida.
4. Vencido el plazo, el Despacho puede reclamar intereses, compensación y costes de cobro conforme a la ley.
5. El Cliente no puede compensar, retener, reducir o suspender honorarios o gastos por créditos o excepciones frente al Despacho, salvo reconocimiento documental o resolución firme. Discutir parte de la factura no suspende el pago de lo no discutido.
6. Sin indicación de la obligación pagada, se aplicará el pago a la deuda de vencimiento más antiguo, con intereses y costes.
§ 15. Consecuencias del impago
1. Ante retraso, el Despacho puede rechazar nuevos Encargos, no iniciar otra etapa, exigir prepago o terminar Contrato y poder conforme a derecho y normas profesionales.
2. No suspende actuaciones de un asunto en curso solo por impago. Ello no limita la terminación de Contrato y poder respetando la protección del Cliente.
3. El retraso superior a 30 días o la falta de anticipo puede ser causa justificada de terminación.
4. El abono se devenga hasta finalizar el preaviso. Pueden rechazarse nuevos Encargos durante la mora, respetando las obligaciones de los ya aceptados.
VI. Confidencialidad, comunicaciones y obligaciones regulatorias
§ 16. Secreto profesional y confidencialidad
1. El Despacho y su equipo respetan secreto y confidencialidad según la ley y las reglas de la profesión pertinente.
2. Puede comunicar información a participantes en el Encargo y proveedores técnicos, contables, de archivo o seguridad, en lo necesario y con obligaciones adecuadas de confidencialidad.
3. La confidencialidad no impide revelaciones exigidas por ley, resolución competente, normas sobre blanqueo, sanciones o esquemas fiscales, obligaciones aseguradoras o defensa de reclamaciones, en lo legalmente permitido.
4. El Despacho solo puede publicar el nombre del Cliente, describir el asunto, aportar referencias o comunicar resultados con consentimiento previo documental y respetando las reglas profesionales.
§ 17. Comunicación electrónica y seguridad
1. Las Partes pueden comunicarse por correo electrónico, teléfono, videoconferencia y sistemas acordados de intercambio de datos.
2. El Despacho adopta medidas adecuadas a la información, pero no garantiza disponibilidad ininterrumpida de telecomunicaciones o sistemas ajenos ni eliminación total de riesgos electrónicos.
3. El Cliente protege sus sistemas, cuentas y credenciales e informa inmediatamente de incidentes. Debe confirmar cambios de cuenta bancaria o instrucciones de pago inusuales por un canal independiente.
4. El Despacho no responde por daños debidos exclusivamente a fallos o funcionamiento de sistemas del Cliente, operador, KSeF, tribunal, autoridad u otro proveedor fuera de su control, salvo responsabilidad conforme a la parte VII.
§ 18. AML, sanciones, MDR-4 y conflictos de intereses
1. El Cliente proporcionará datos y documentos para cumplir obligaciones contra el blanqueo y financiación del terrorismo, sanciones y otras exigencias regulatorias. No poder cumplirlas puede impedir iniciar o continuar los Servicios.
2. El Despacho cumple sus propias obligaciones informativas sobre esquemas fiscales según normas imperativas, respetando el secreto profesional. Cumplir una obligación propia no constituye un Servicio al Cliente ni asumir sus deberes de información.
3. Salvo pacto expreso, los Servicios no incluyen determinar la obligación de presentar MDR-4, llevar un registro de las puestas a disposición de esquemas fiscales normalizados, recoger datos de usuarios, preparar, firmar, presentar o corregir MDR-4 ni controlar sus plazos trimestrales.
4. MDR-4 requiere aceptación separada y se factura adicionalmente a tarifa horaria vigente, salvo honorarios distintos. El plazo comienza al recibir todos los datos, especialmente el número del esquema o justificante oficial UPO y las puestas a disposición del trimestre.
5. El Despacho prepara MDR-4 con información que posee y datos del Cliente. No debe buscar activamente información desconocida sobre usuarios, participantes o hechos fuera del Encargo. El Cliente responde de integridad, veracidad y entrega puntual de sus datos.
6. El Despacho determina autónomamente los datos revelables en MDR-4 conforme a las normas de esquemas fiscales, secreto y ejercicio profesional. No revela secretos protegidos más allá de lo imperativamente exigido. Una declaración de dispensa del Cliente no obliga a revelar cuando sea inadmisible o ineficaz legal o profesionalmente.
7. El Despacho evalúa los conflictos conforme a ley y normas profesionales. Asesorar a competidores no constituye por sí solo conflicto, salvo exclusividad asumida u otras circunstancias impeditivas.
8. Puede rechazar, limitar o terminar el Encargo o Contrato cuando lo exijan conflictos, obligaciones legales, sanciones, secreto o independencia profesional.
VII. Responsabilidad del Despacho
Este capítulo se aplica a Clientes Empresariales. A Consumidores se aplican §§ 27 y 28. Para Empresarios Protegidos rige solo en cuanto no lo excluyan las normas sobre cláusulas abusivas.
§ 19. Presupuestos y alcance de responsabilidad
1. Excepto daños intencionados y responsabilidad no excluible ni limitable, el Despacho responde únicamente por daños causados mediante negligencia grave al cumplir una obligación expresamente incluida en el Encargo.
2. Solo cubre pérdidas directas, efectivamente sufridas y normalmente causadas por el incumplimiento. No cubre lucro cesante, pérdida de oportunidades empresariales, ingresos, contratos, financiación, reputación, ahorro esperado, valor empresarial o de operaciones, beneficios fiscales esperados, costes internos del Cliente, daños indirectos ni consecuencias económicas ulteriores.
3. Impuestos, cotizaciones, aranceles, tasas u otras prestaciones públicas debidas independientemente de la actuación del Despacho no son daños. Intereses, sanciones y obligaciones adicionales solo lo son si los causa directamente negligencia grave del Despacho y no podían evitarse con debida colaboración.
4. No responde en cuanto el daño resulte de información incompleta, falsa o tardía, falta de colaboración, decisiones u omisiones del Cliente, terceros, cambios normativos o de práctica posteriores a la entrega, uso contrario al fin o modificación sin intervención del Despacho.
5. Si el Cliente asume ante terceros responsabilidad superior a la legal, especialmente penalidades contractuales, garantías, declaraciones de garantía, indemnidad, responsabilidad objetiva o costes determinados, el Despacho no responde por esas cargas, salvo evaluación expresa del riesgo en el Encargo y cobertura de la carga por el Seguro Aplicable.
6. Los honorarios por Servicios efectivamente realizados no son daño. Reducirlos o recuperarlos requiere fundamento distinto y no permite doble reparación del mismo perjuicio.
7. El Cliente adoptará medidas razonables de prevención y mitigación. La responsabilidad se reduce adecuadamente por la contribución del Cliente o personas de las que responda.
8. Si contribuyen al daño actos u omisiones del Cliente, órganos, empleados, otros asesores, contables, auditores, notarios, bancos, proveedores de sistemas, autoridades u otros, el Despacho solo responde de su proporción causal. Esta no aumenta por imposibilidad de recuperar de otros debido a insolvencia, prescripción, acuerdo, renuncia, limitación de responsabilidad, inmunidad, falta de jurisdicción o seguro.
§ 20. Límites y Seguro Aplicable
1. La responsabilidad total por un hecho y todos los relacionados en un mismo asunto no excederá del doble de los honorarios netos efectivamente pagados por el Encargo reclamado.
2. Si no puede individualizarse la remuneración del asunto, se toman los honorarios netos pagados en los 12 meses anteriores al hecho, en la parte correspondiente a Servicios relacionados con la reclamación.
3. Salvo el apartado 8, la responsabilidad surge únicamente si y en la medida en que el Seguro Aplicable cubra la reclamación y los aseguradores pertinentes respondan conforme a sus contratos.
4. La responsabilidad total no superará la menor de: a) el límite según apartados 1 o 2; b) las indemnizaciones totales debidas por los aseguradores pertinentes por la reclamación o hecho, tras aplicar las condiciones del Seguro Aplicable.
5. «Seguro Aplicable» significa todos los contratos de responsabilidad civil del Despacho pertinentes para la reclamación. Los importes excluidos de responsabilidad aseguradora por sus condiciones, especialmente exclusiones, franquicias, participaciones propias, criterios de activación de cobertura, sublímites, agregación o agotamiento de suma asegurada, no quedan a cargo del Despacho.
6. Todas las reclamaciones del mismo incumplimiento, serie de incumplimientos similares o circunstancias iguales o relacionadas constituyen un único hecho. Si el Seguro Aplicable agrega más ampliamente, se aplican sus reglas.
7. Los límites y exclusiones abarcan responsabilidad contractual, extracontractual, precontractual, enriquecimiento injusto y cualquier otra base, en lo legalmente permitido. El Cliente se obliga a no reclamar directamente por los Servicios a socios, empleados, colaboradores o subcontratistas; el Despacho responde por quienes utilice solo conforme a los términos y límites de estas Condiciones.
8. No se limitan daños intencionados ni responsabilidad cuya limitación contravenga normas imperativas. Puede acordarse límite superior o distinto antes de aceptar el Encargo, considerando mayores honorarios y costes de seguro adicional.
§ 21. Reclamaciones, subsanación y ejecución sustitutoria
1. El Cliente notificará sin demora indebida circunstancias potencialmente reclamables y aportará lo necesario para evaluarlas, preservar pruebas, defenderse y comunicar al seguro. Soporta consecuencias de aviso tardío o incompleto en cuanto perjudique prevención, mitigación, defensa o cobertura.
2. Antes de encomendar a otros revisión, corrección, complemento, repetición o sustitución de Servicios supuestamente defectuosos, requerirá subsanación al Despacho, con plazo adecuado no inferior a 7 días hábiles, salvo necesidad objetiva de plazo menor por vencimiento legal, judicial, administrativo o riesgo inmediato e irreversible.
3. A su elección y dentro de la ley y reglas profesionales, el Despacho puede corregir, complementar, repetir, proponer otra reparación o considerar infundada la objeción. El Cliente lo permitirá si puede prevenir o reducir daño. Subsanar no reconoce responsabilidad.
4. La subsanación, complemento o repetición en plazo satisface los derechos relativos al defecto mismo. No excluye reclamar pérdidas reales restantes conforme a §§ 19 y 20.
5. No se pueden cargar honorarios de otros ni ejecución sustitutoria sin vencimiento infructuoso del plazo del apartado 2 y consentimiento previo documental del Despacho o autorización judicial, cuando la exija el artículo 480 § 1 del Código Civil polaco. Se exceptúan urgencia del artículo 480 § 3 e imposibilidad de actuar por conflicto, ley o reglas profesionales.
6. Aun siendo admisible la intervención ajena, solo se reembolsan costes necesarios, adecuados, de mercado y efectivamente soportados que no podían evitarse permitiendo subsanar al Despacho. Se excluyen mayor alcance, mejora del resultado, cambio de asesor por motivos ajenos al defecto, duplicación y costes internos de organización. El reembolso queda sujeto a cobertura del asegurador y límites de § 20.
7. Si pretende posterior reembolso, el Cliente no reconocerá ni satisfará reclamaciones ajenas, transigirá, renunciará a prescripción ni incurrirá en defensa o reparación sin previo acuerdo con Despacho y, si procede, asegurador, salvo acciones necesarias para preservar derechos o plazos o limitar daño directo.
8. El Cliente colaborará en investigar, liquidar y defender, facilitando datos y documentos y permitiendo, legalmente, transmitirlos al asegurador y sus representantes. El incumplimiento excluye o reduce responsabilidad en cuanto cause o agrave daño, limite defensa o excluya o reduzca cobertura.
9. Lo recuperado de Despacho, asegurador y otros por un mismo daño no excederá lo reparable. Reclamar, formular queja o encargar sustitución no suspende pagos; para compensación rige § 14.5.
VIII. Duración y terminación de la colaboración
§ 22. Duración y terminación
1. La atención continuada se contrata por tiempo indefinido salvo pacto distinto. Cualquier Parte puede terminar con un mes de preaviso y efectos al final de mes.
2. El Encargo puntual dura hasta ejecución o terminación anticipada. Cada Parte conserva el derecho de terminación conforme a artículos 746 y 750 del Código Civil polaco.
3. El Despacho puede terminar inmediatamente por causa justificada, especialmente mora superior a 30 días, falta grave o reiterada de colaboración, instrucciones ilegales o contrarias a normas profesionales, conflicto, impedimento regulatorio, peligro para el equipo o pérdida de confianza necesaria.
4. Al cesar, lo hará con tiempo para obtener otro asesor y realizará actuaciones urgentes cuya omisión pueda perjudicar irreversiblemente al Cliente.
5. La terminación incluye poderes vinculados, salvo que declaración o ley indiquen otra cosa.
§ 23. Liquidación y documentos tras terminar
1. El Cliente pagará actuaciones realizadas, abonos debidos, gastos incurridos y costes pactados de traslado del asunto.
2. A solicitud devolverá originales recibidos y escritos procesales de asuntos llevados. No puede condicionar su entrega al pago.
3. Puede conservar copias y resultados según ley, normas profesionales, seguros, archivo, impuestos o defensa frente a reclamaciones.
4. El Cliente soporta costes justificados de copiado, conversión, ordenación y envío adicionales a la entrega ordinaria.
5. Los expedientes pueden conservarse en papel o electrónicamente durante el plazo legal o justificado por protección de derechos. Después pueden destruirse, salvo originales cuya recogida se haya solicitado antes al Cliente.
IX. Disposiciones especiales para Consumidores
§ 24. Alcance y prioridad de la protección del consumidor
1. Este capítulo se aplica al Cliente que sea Consumidor.
2. A Empresarios Protegidos solo se aplica en cuanto la ley les atribuya cada derecho. La protección frente a cláusulas abusivas deriva del artículo 385⁵ del Código Civil polaco; el desistimiento a distancia o fuera del establecimiento, del artículo 7aa de la Ley polaca de Derechos del Consumidor, cumplidos sus requisitos.
3. El Consumidor no puede renunciar a derechos imperativos. Una cláusula menos favorable no le vincula y se sustituye por la norma correspondiente.
4. No se amplía la protección del Empresario Protegido más allá de la ley ni se limita ningún derecho legal.
§ 25. Disposiciones inaplicables o de aplicación diferente al Consumidor
1. No se aplican al Consumidor:
a) § 2.3 sobre condiciones del Cliente y exclusión de artículos 68² y 385⁴ del Código Civil polaco;
b) § 10.4 sobre asumir responsabilidad frente a terceros;
c) § 12.4 y 12.5 sobre caducidad de saldos y cambios de tarifas, sin perjuicio de § 26;
d) § 13.1 en cuanto establezca precios sin IVA o costes no debidamente informados antes del Contrato;
e) § 14.5 sobre compensación, retención, reducción o suspensión del pago;
f) §§ 19–21 sobre limitación de responsabilidad, Seguro Aplicable, sustitución y reclamaciones; se sustituyen por §§ 27 y 28;
g) § 22.1–3 y § 23.1 en lo incompatible con § 29;
h) § 31.1–2, § 32.2–3 y § 33.2 y 33.6; se aplican las disposiciones especiales de este capítulo.
2. El plazo de § 14.3 es organizativo para el Consumidor y no extingue su derecho a impugnar factura, honorarios o ejecución.
3. El resto solo rige si no vulnera derechos imperativos ni constituye cláusulas abusivas.
4. Las excepciones se aplican al Empresario Protegido solo según artículos 385¹–385⁵ del Código Civil polaco u otras normas extensivas de protección.
§ 26. Información precontractual, honorarios y contratación con Consumidores
1. Antes de contratar, el Despacho informará clara y comprensiblemente de los requisitos legales, especialmente características del Servicio, identidad, honorarios totales brutos o cálculo, gastos adicionales, forma y fecha de pago, ejecución, reclamaciones, duración, terminación y desistimiento, si corresponde.
2. Los honorarios al Consumidor incluyen IVA y demás impuestos. Si no pueden fijarse anticipadamente por la naturaleza del Servicio, se indicará el método y, si es posible, supuestos o rango estimado.
3. Todo pago adicional a las obligaciones principales exige consentimiento expreso. Silencio, no elegir una opción o casilla premarcada no equivalen a consentimiento.
4. Los trabajos adicionales requieren informar alcance y precio bruto o cálculo y aceptación expresa en soporte duradero.
5. Si se contrata por botón o función electrónica con obligación de pago, se indicará «pedido con obligación de pago» u otra expresión inequívoca equivalente.
6. Si el Despacho propone contratar por teléfono, confirmará contenido en papel u otro soporte duradero. El consentimiento contractual surte efecto después de recibir la confirmación y quedar registrado en dicho soporte.
7. En contratación a distancia o fuera del establecimiento, la información precontractual integra el Contrato y solo cambia por acuerdo expreso. Se entregará confirmación en soporte duradero dentro del plazo legal y, a más tardar, antes del inicio.
8. El saldo de Servicios solo puede caducar al cerrar el período si la Oferta aclara que se remunera también disponibilidad y reserva de recursos, y esa caducidad se explicó antes de contratar.
9. En contratos continuados, solo cabe cambio de tarifas por motivo importante pactado y razonablemente ligado al coste o alcance. Se avisará en soporte duradero al menos 30 días antes, sin retroactividad y con derecho a terminar previamente sin cargo adicional.
10. No se aceptarán pagos antes de finalizar el desistimiento si la ley lo prohíbe, especialmente en excursiones, visitas no solicitadas al domicilio o residencia habitual o demostraciones, salvo autorización legal expresa.
§ 27. Responsabilidad y reclamaciones del Consumidor
1. El Despacho responde por incumplimiento o cumplimiento defectuoso según normas imperativas, teniendo en cuenta el carácter profesional.
2. Debe probarse infracción de obligación del Encargo, daño y causalidad normal.
3. No responde en cuanto el efecto derive de datos incompletos, falsos o tardíos, falta de colaboración, decisión contraria al consejo, terceros por los que no responda legalmente, uso fuera del fin, cambios documentales sin intervención o cambios de ley, práctica o hechos posteriores, salvo actualización o seguimiento encargados.
4. Las cargas públicas debidas independientemente del Despacho, como impuesto, cotización, arancel o tasa, no son daños vinculados a los Servicios.
5. El Consumidor debe actuar razonablemente para prevenir y mitigar. Su contribución o la de personas de las que responda se evalúa según el Código Civil polaco.
6. El Despacho dispone del seguro profesional exigido. Informar del seguro no limita derechos ni garantiza cobertura de toda reclamación.
7. Se puede reclamar por escrito a la dirección del Despacho o a kontakt@taxlegalpartner.pl. Contestará en 14 días desde recepción. El silencio implica aceptación en el alcance legal. Se responde en papel u otro soporte duradero.
8. El procedimiento es gratuito y no condiciona el acceso judicial. Si se rechaza, se informará de la disposición a participar en resolución extrajudicial de consumo cuando la ley exija esa declaración.
9. Ninguna disposición excluye o limita daño intencionado, lesiones personales o responsabilidad imperativamente protegida del Consumidor.
§ 28. Subsanación y sustitución respecto del Consumidor
1. Debe comunicarse sin demora indebida un defecto si ello puede evitar o mitigar daño o preservar plazo. El retraso por sí mismo no elimina derechos.
2. El Despacho puede ofrecer corrección o complemento gratuitos, repetición u otra reparación adecuada sin reconocer responsabilidad.
3. Sin lesionar derechos legales, causar inconveniente importante ni poner en riesgo plazos, el Consumidor permitirá evaluar y subsanar en plazo adecuado antes de imputar gastos de otro asesor.
4. Esto no rige ante urgencia, negativa, vencimiento infructuoso de plazo adecuado, conflicto o prohibición legal o profesional de continuar.
5. Solo se reembolsan costes necesarios, adecuados, reales y normalmente causados por el defecto. Puede objetarse mayor alcance, mejora, duplicación o tarifa superior a un nivel razonable de mercado.
6. No se excluyen derechos imperativos, especialmente sustitución prevista por el Código Civil polaco.
§ 29. Duración y terminación con el Consumidor
1. El Consumidor puede terminar Encargo puntual o atención continuada en cualquier momento, con efecto al recibirse por el Despacho, salvo fecha posterior indicada.
2. Pagará las actuaciones correctamente realizadas hasta terminar y gastos justificados previamente aceptados. La cuota periódica será proporcional al período de prestación o disponibilidad acordada.
3. El Despacho puede terminar contratos indefinidos con un mes de preaviso o inmediatamente por causa justificada, especialmente falta importante de colaboración, instrucciones ilegales o antiprofesionales, conflicto, impedimento regulatorio, mora pese a requerimiento o pérdida de confianza necesaria.
4. Cada Parte conserva la terminación por causa justificada. El Despacho cesará conforme a ley y normas profesionales, permitiendo otra asistencia y realizando actuaciones urgentes para evitar perjuicio irreversible.
5. La entrega ordinaria en formato existente es gratuita. Copias, ordenación, conversión o envío especial adicionales solo se cobran con información previa y consentimiento.
6. El desistimiento a distancia o fuera del establecimiento es distinto de la terminación y está regulado en § 30 y Anexos 1–3.
§ 30. Contratos a distancia o fuera del establecimiento
1. El Consumidor puede desistir sin causa en 14 días desde celebración. Son 30 días para visitas no solicitadas al domicilio o residencia habitual o excursiones.
2. La información consta en Anexo 1 y el formulario en Anexo 2. Usarlo es opcional; basta enviar declaración inequívoca antes de vencer.
3. Para iniciar Servicios de pago anticipadamente, se exige solicitud expresa y declaración de conocimiento de la pérdida del derecho al completarlos. Fuera del establecimiento, estas declaraciones requieren soporte duradero. El modelo figura en Anexo 3.
4. Si desiste tras solicitar válidamente inicio anticipado, pagará la proporción ejecutada hasta recibir el Despacho la declaración, según honorarios pactados o, si excesivos, valor de mercado.
5. No pagará Servicios anteriores al desistimiento si faltó información obligatoria sobre derecho y efectos o no solicitó válidamente inicio anticipado.
6. Solo se pierde el derecho tras ejecución íntegra de un Servicio de pago con consentimiento expreso previo y conocimiento reconocido antes del inicio de esa pérdida. No rige si la ley conserva el derecho, particularmente visitas no solicitadas o excursiones conforme al artículo 38.2 de la Ley polaca de Derechos del Consumidor.
7. El desistimiento eficaz hace considerar el Contrato no celebrado. Se devuelven pagos sin demora y como máximo en 14 días desde recepción, por el mismo medio, salvo consentimiento expreso a otro sin coste.
8. El Empresario Protegido solo disfruta de § 30 y Anexos 1–3 si cumple el artículo 7aa de la Ley polaca de Derechos del Consumidor.
X. Disposiciones finales
§ 31. Reclamaciones empresariales y seguro
1. El Cliente Empresarial puede reclamar a kontakt@taxlegalpartner.pl. Se contestará en 30 días. Si naturaleza o complejidad requieren más tiempo, se explicarán motivo y fecha prevista. Para Consumidores rige § 27.7–8.
2. La reclamación empresarial no suspende el pago no discutido.
3. A petición se informará del seguro y del órgano competente para quejas sobre actividad de profesionales regulados.
4. Informar del seguro no garantiza cobertura concreta ni indemnización. Pueden cambiar asegurador, alcance o condiciones respetando normas imperativas.
§ 32. Modificación de las Condiciones
1. Una nueva versión se aplica a Contratos y Encargos celebrados tras entregarla o hacerla accesible.
2. En relaciones continuadas empresariales, cabe modificación por causa importante, particularmente cambios de ley, profesión, seguro, regulación u organización que afecten al contenido.
3. Se entregará al menos 30 días antes; el Cliente Empresarial puede terminar previamente. No será retroactiva ni alterará Encargos puntuales acabados o expresamente presupuestados.
4. Con Consumidores, solo cabe modificación durante el Contrato por motivo claro y comprensible pactado, razonablemente relacionado con su objeto. No afecta derechos adquiridos, no es retroactiva ni cambia precio o alcance de Encargo aceptado. Se comunicará en soporte duradero 30 días antes y permite terminación previa sin recargo.
5. Los apartados 2–4 se aplican al Empresario Protegido con respeto a su protección legal.
§ 33. Ley, jurisdicción y otras disposiciones
1. Se aplica la ley polaca al Contrato y responsabilidad vinculada, sin perjuicio de protección imperativa aplicable al Consumidor por su residencia habitual.
2. Los litigios empresariales del Contrato o Servicios corresponden al tribunal ordinario competente por la sede del Despacho.
3. Los litigios de Consumidores corresponden al tribunal legalmente competente. No se les impone jurisdicción exclusiva de la sede del Despacho.
4. La invalidez o ineficacia de una cláusula no afecta al resto. En B2B se sustituirá por solución legal lo más cercana a su fin económico. Para Consumidores se aplica la norma correspondiente.
5. No ejercer un derecho una vez no implica renuncia futura.
6. Sin consentimiento previo documental, el Cliente Empresarial no puede ceder a terceros créditos ni otros derechos del Contrato o Servicios, particularmente indemnizatorios. No se aplica a Consumidores ni a Empresarios Protegidos en cuanto amparados contra cláusulas abusivas.
7. Si hay varias lenguas, prevalece la versión polaca siempre que no prive al Consumidor de protección legal.
8. Las CG de 8 de octubre de 2026 entran en vigor el 8 de octubre de 2026.
ANEXO 1
Información sobre el derecho de desistimiento
Esta información se refiere a un contrato de servicios de pago celebrado a distancia o fuera del establecimiento del Despacho.
Derecho de desistimiento
Tiene derecho a desistir del Contrato en 14 días sin justificación. Si se celebró durante una visita no solicitada a su domicilio o residencia habitual o una excursión, el plazo es de 30 días.
El plazo vence 14 días después de celebrar el Contrato o, en el caso anterior, a los 30 días.
Para ejercerlo, debe informar a TAX LEGAL PARTNER J. WŁOCH, P. SZOT SPÓŁKA JAWNA, ul. Jana Zamoyskiego 81/15, 30-519 Kraków, correo: kontakt@taxlegalpartner.pl, teléfono: +48 502 775 425, de su decisión mediante declaración inequívoca, por ejemplo carta postal o correo electrónico.
Puede usar el formulario del Anexo 2, sin obligación de hacerlo.
Basta enviar la comunicación de ejercicio del derecho antes de que venza el plazo.
Consecuencias del desistimiento
Devolveremos todos los pagos recibidos sin demora indebida y, en todo caso, en los 14 días siguientes a conocer su decisión.
Usaremos el mismo medio de pago de la transacción inicial, salvo acuerdo expreso diferente; en ningún caso soportará costes de devolución.
Si solicitó inicio antes de vencer el plazo, abonará la proporción de Servicios prestados hasta comunicarnos el desistimiento.
Si se ejecutó íntegramente antes de vencer, con consentimiento expreso previo e información sobre pérdida del derecho reconocida por usted, el derecho se extingue al completarse, salvo disposición legal en contrario.
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Importante Solicitar el inicio anticipado no elimina por sí solo el desistimiento. Puede desistir hasta completarse el Servicio. El pago proporcional solo procede si el Despacho informó debidamente antes de iniciar y el Consumidor pidió expresamente el inicio anticipado.
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ANEXO 2
Modelo de formulario de desistimiento
Cumplimente y envíe este formulario solo si desea desistir. Su uso es opcional.
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Destinatario
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TAX LEGAL PARTNER J. WŁOCH, P. SZOT SPÓŁKA JAWNA ul. Jana Zamoyskiego 81/15, 30-519 Kraków kontakt@taxlegalpartner.pl
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Declaración
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Por la presente comunico/comunicamos el desistimiento del Contrato relativo a los siguientes Servicios:
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Fecha de celebración del Contrato
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Nombre y apellidos del Cliente
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Dirección del Cliente
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Correo electrónico o teléfono
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Fecha
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Firma
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…………………………………………………………………………………………………. (solo si se presenta en papel)
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ANEXO 3
Solicitud de inicio de los Servicios antes de finalizar el plazo de desistimiento
Declaración para contratos a distancia o fuera del establecimiento. Cada casilla debe marcarse por separado. No marcarla significa no formular esa solicitud o consentimiento.
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Nombre y apellidos del Cliente
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Fecha de celebración del Contrato
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Objeto de los Servicios
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Número de Oferta / Encargo
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[ ] Solicito expresamente que el Despacho inicie los Servicios de pago antes de finalizar mi plazo de desistimiento.
[ ] Reconozco que, si desisto después del inicio solicitado, debo abonar la proporción de Servicios ejecutados hasta comunicar el desistimiento al Despacho.
[ ] Consiento expresa y previamente la ejecución íntegra del Servicio antes de finalizar el plazo de desistimiento.
[ ] Reconozco que al completarse íntegramente el Servicio de pago perderé el desistimiento, salvo casos legalmente protegidos, especialmente contratos durante visita no solicitada a mi domicilio o residencia habitual o excursión.
[ ] Confirmo recibir información del derecho de desistimiento y el formulario modelo.
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Voluntariedad Solicitar inicio anticipado y consentir ejecución íntegra no son condiciones para contratar. Sin estas declaraciones, el Despacho iniciará después de vencer el desistimiento o en la fecha posterior de la Oferta.
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Lugar y fecha
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Firma del Cliente
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ANEXO 4
Ficha de información precontractual para Consumidores
Debe completarse y entregarse antes de contratar a distancia o fuera del establecimiento. Complementa Oferta y Condiciones con datos del Encargo concreto.
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Datos del Despacho TAX LEGAL PARTNER J. WŁOCH, P. SZOT SPÓŁKA JAWNA ul. Jana Zamoyskiego 81/15, 30-519 Kraków Tribunal de Distrito de Kraków-Śródmieście en Kraków, Sección Mercantil XI del Registro Judicial Nacional, KRS 0001005801 NIP 6751774484 | REGON 523806600 kontakt@taxlegalpartner.pl | +48 502 775 425
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Cliente
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Características principales y alcance
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Forma de comunicación
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Fechas de inicio y finalización
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Honorarios totales con impuestos
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Cálculo de honorarios si no pueden fijarse previamente
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Cargos y gastos adicionales
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Forma y plazo de pago
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Duración del Contrato / compromiso mínimo
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Forma y causas de terminación
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ANEXO 4 — CONTINUACIÓN
Ficha de información precontractual para Consumidores
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Depósito u otra garantía
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No procede / …………………………………………………………………………………
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Responsabilidad por la ejecución del Contrato
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El Despacho responde según § 27 de las Condiciones y las normas imperativas.
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Coste de contacto telefónico
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No superior a una llamada de voz ordinaria según la tarifa del operador del Cliente.
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Reclamaciones
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ul. Jana Zamoyskiego 81/15, 30-519 Kraków; kontakt@taxlegalpartner.pl; respuesta en 14 días.
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Resolución extrajudicial
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Tras rechazar la reclamación, el Despacho formulará la declaración legalmente exigida. Información sobre procedimientos en el portal público de UOKiK.
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Derecho de desistimiento
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14 días desde contratar; 30 en casos legales. Detalles: Anexo 1.
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Inicio previsto antes de vencer el plazo
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No / Sí — solo por solicitud separada del Cliente conforme al Anexo 3.
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Garantías y servicios posventa
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No se conceden salvo disposición expresa de la Oferta.
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Normas profesionales
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Los Servicios respetan la legislación y las normas profesionales y éticas de los asesores jurídicos o fiscales polacos. Las publican la Cámara Nacional de Asesores Jurídicos y la Cámara Nacional de Asesores Fiscales.
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[ ] Confirmo haber recibido antes de contratar la Oferta, Condiciones, información de desistimiento y formulario modelo.
[ ] Confirmo comprender la información y que se comunicaron antes del Contrato todos los pagos adicionales acordados.
[ ] Confirmo recibir información de datos personales y Oferta individual o confirmación del Encargo con alcance, precio con impuestos o cálculo y fecha de ejecución.
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Lugar y fecha
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Firma del Cliente
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Firma / identificación del Despacho
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La confirmación de recepción sirve como prueba y no limita derechos legales del Cliente.