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I+D e IP Box en Polonia: separar costes e ingresos

Pabellón con un cubo luminoso conectado a otro edificio
Ilustración conceptual del artículo «I+D e IP Box en Polonia: separar costes e ingresos».

Revisado: 13 de octubre de 2026 · Derecho y fiscalidad polacos

La deducción por I+D y el IP Box pueden coexistir en una sociedad polaca, pero actúan sobre elementos diferentes del cálculo fiscal. La primera se refiere a determinadas categorías de costes. El segundo permite aplicar un tipo del 5% a la renta elegible de derechos de propiedad intelectual cualificados. Para la dirección financiera, la tarea esencial es conectar el trabajo realizado, los costes y el derecho que genera renta. Este artículo trata del CIT ordinario polaco.

Un proyecto de desarrollo no equivale a un derecho elegible

Un proyecto de I+D puede no producir ningún derecho incluido en el catálogo del IP Box. Este comprende, bajo las condiciones legales, patentes y derechos de autor sobre programas informáticos, entre otros. Disponer de conocimientos técnicos, una marca o la descripción de un proceso no justifica tributar al 5% por toda la actividad.

El artículo 24d exige protección jurídica y que el contribuyente haya creado, desarrollado o mejorado el objeto protegido mediante su actividad de I+D. Conviene relacionar proyecto, resultado, titularidad y explotación comercial. En software deben revisarse la titularidad y el alcance de los derechos sobre el código y los contratos con empleados, colaboradores y clientes. Una factura por «servicios informáticos» no resuelve la titularidad ni la naturaleza de la renta.

Mantener separadas tres capas del cálculo

Primero se identifican los gastos fiscalmente deducibles y los costes elegibles de I+D. Después se determinan ingresos, gastos y renta atribuibles a cada derecho. Finalmente se aplican las reglas de renta cualificada, incluido el coeficiente nexus. Una única cifra de «costes del proyecto» no sustituye estos tres ejercicios.

El nexus considera la I+D propia, los resultados adquiridos a partes independientes o vinculadas y la adquisición del derecho cualificado. La fórmula legal es (a+b) × 1,3 / (a+b+c+d), limitada a 1. Sus categorías no coinciden con el catálogo de costes elegibles de la deducción por I+D. Los gastos utilizados para determinar la renta del derecho también requieren su propio análisis, especialmente cuando participan varias sociedades del grupo.

El artículo 24d.9a permite restar de la renta del derecho determinados costes elegibles de I+D que hayan permitido crearlo, desarrollarlo o mejorarlo. Es el mecanismo legal de coordinación de ambos incentivos. No permite aplicar libremente la misma deducción adicional varias veces sobre distintas bases. Cada importe necesita una asignación verificable.

Ejemplo ilustrativo: software y soporte

Una sociedad polaca desarrolla su propio programa y cobra licencias. También vende formación y soporte continuado. No debe atribuirse automáticamente al tipo del 5% todo el paquete comercial. Hay que identificar el derecho, los trabajos de desarrollo elegibles, la renta correspondiente y una distribución económicamente razonable de prestaciones y costes.

Si una entidad vinculada realiza parte del desarrollo, el gasto necesita además la clasificación correcta en el nexus. Contrato, entregables, factura y asiento contable deben ser coherentes. El ejemplo es hipotético: no describe un proyecto de TLP ni confirma el derecho al incentivo de una empresa determinada.

Nexus: un ejemplo del límite del tipo del 5%

Si la renta del IP elegible correctamente calculada es de 500.000 PLN y el índice nexus es 0,8, la renta cualificada es de 400.000 PLN. Al 5%, el impuesto es de 20.000 PLN, antes de una eventual deducción por I+D del artículo 24d, apartado 9a. Los 100.000 PLN restantes se liquidan según las reglas generales aplicables. El ejemplo presupone todos los requisitos y omite pérdidas y otros ajustes. No corresponde aplicar el 5% a los 500.000 PLN completos ignorando nexus.

Lista de control conjunta

  1. Identificar cada derecho, su protección y la titularidad.
  2. Vincular las tareas de I+D con la creación o mejora del derecho.
  3. Separar ingresos de propiedad intelectual y servicios ordinarios.
  4. Establecer criterios defendibles para gastos directos y compartidos.
  5. Mantener un registro separado de las categorías nexus.
  6. Conciliar la deducción por I+D con el cálculo del IP Box.

Próximo paso: seguir un derecho completo

Seleccione un derecho y siga su recorrido desde el trabajo técnico hasta la declaración. El artículo 24e exige registros capaces de determinar la renta correspondiente; si no permiten hacerlo, se aplica la tributación ordinaria. TLP puede revisar la coherencia entre contratos, contabilidad y cálculo dentro del análisis de incentivos fiscales en Polonia.

Preguntas frecuentes

¿Pueden combinarse la deducción de I+D y el IP Box?

Sí, dentro del mecanismo legal y con registros adecuados. I+D se refiere a costes; IP Box, a renta elegible de derechos determinados. Cada importe requiere una vía clara de liquidación.

¿Todos los ingresos informáticos tributan al 5%?

No. Deben identificarse el derecho elegible, la actividad de I+D, la renta atribuible y el nexus. Los servicios ordinarios de soporte no son automáticamente renta elegible de propiedad intelectual.

¿Los costes nexus son los mismos que los gastos elegibles de I+D?

No. Las categorías nexus, los costes para calcular renta del derecho y los gastos de la deducción cumplen funciones distintas. Deben conciliarse sin confundirlas.

Fuentes y lecturas adicionales

  1. Ley polaca del CIT
  2. Ley polaca del CIT

Contenido informativo. La evaluación de un caso concreto requiere sus hechos y las normas aplicables al período correspondiente.